¿Cómo funciona?
Las vacaciones son un derecho fundamental de todo trabajador en Colombia. Por ley, tienes derecho a 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año de servicio.
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
Por cada año
15 días hábiles
Equivalen a aproximadamente 18 días calendario
Proporcional
1.25 días por mes
Se acumulan proporcionalmente al tiempo trabajado
¿Cómo se calculan?
Fórmula días de vacaciones:
Días = (Días trabajados × 15) / 360
Fórmula valor en dinero:
Valor = (Salario × Días pendientes) / 30
Importante: Auxilio de transporte
A diferencia de las cesantías y la prima, el auxilio de transporte NO se incluye en el cálculo de vacaciones. Solo se usa el salario base.
¿Cuándo puedo tomar vacaciones?
- Derecho adquirido: Después de cumplir un año de servicio
- Anticipadas: El empleador puede otorgarlas antes del año
- Acumulación: Se pueden acumular hasta 2 años (4 períodos)
- Mínimo anual: Debes disfrutar al menos 6 días por año
¿Puedo recibir las vacaciones en dinero?
Sí se puede
- • Al terminar el contrato laboral
- • Hasta la mitad de las vacaciones anuales (si lo solicitas)
No se puede
- • Compensar todas las vacaciones en dinero estando activo
- • Renunciar al derecho de vacaciones
Días hábiles vs días calendario
Las vacaciones son 15 días hábiles, lo que significa que los domingos y festivos que caigan durante tus vacaciones no se cuentan. Por ejemplo, si tomas vacaciones de lunes a lunes, los dos domingos no se descuentan de tus 15 días.
Base legal: Artículos 186 al 192 del Código Sustantivo del Trabajo (CST).