¿Cómo funciona?
Las cesantías son una prestación social obligatoria en Colombia equivalente a un mes de salario por cada año trabajado. Funcionan como un ahorro forzoso que el empleador debe consignar en un fondo de cesantías.
¿Cuándo se pagan las cesantías?
Cesantías
Antes del 14 de febrero
Se consignan en el fondo de cesantías del trabajador
Intereses (12%)
Antes del 31 de enero
Se pagan directamente al trabajador
¿Cómo se calculan?
Fórmula Cesantías:
Cesantías = (Salario × Días trabajados) / 360
Fórmula Intereses:
Intereses = (Cesantías × Días × 12%) / 360
- Año completo (360 días): Recibes un mes de salario como cesantías
- Proporcional: Si trabajaste menos de un año, se calcula proporcionalmente
- Auxilio de transporte: Se incluye en la base de cálculo si ganas hasta 2 SMMLV
- Intereses: 12% anual sobre las cesantías, proporcional a los días trabajados
¿Para qué puedo usar mis cesantías?
- Vivienda: Compra, construcción o mejora de vivienda propia
- Educación: Estudios propios o de familiares (hijos, cónyuge)
- Desempleo: Al terminar el contrato laboral
- Retiro parcial: Para vivienda y educación sin terminar el contrato
¿Qué pasa si no se consignan a tiempo?
Sanción por mora
Si el empleador no consigna las cesantías antes del 14 de febrero, debe pagar un día de salario por cada día de retraso como sanción moratoria (Art. 99, Ley 50 de 1990).
Base legal: Artículos 249 al 258 del Código Sustantivo del Trabajo, Ley 50 de 1990 y Ley 52 de 1975 (intereses sobre cesantías).