¿Cómo funciona?
Los intereses sobre cesantías son un beneficio adicional del 12% anual que el empleador debe pagar directamente al trabajador sobre el valor de las cesantías acumuladas durante el año.
¿Cuándo se pagan los intereses?
Fecha límite
Antes del 31 de enero
Del año siguiente al que corresponden las cesantías
Forma de pago
Directamente al trabajador
No se consignan en el fondo de cesantías
¿Cómo se calculan?
Fórmula:
Intereses = (Cesantías × Días × 12%) / 360
Donde:
- Cesantías = Monto acumulado en el año
- Días = Días trabajados en el año (máximo 360)
- 12% = Tasa de interés fija por ley
Ejemplo práctico
Si tienes cesantías de $2.000.000 y trabajaste todo el año:
Intereses = ($2.000.000 × 360 × 12%) / 360
Intereses = $2.000.000 × 12%
Intereses = $240.000
- Año completo (360 días): Los intereses equivalen al 12% exacto de las cesantías
- Proporcional: Si trabajaste menos días, se calcula proporcionalmente
- Pago directo: Los intereses se pagan al trabajador, no al fondo
- Exento de impuestos: Los intereses no están gravados con renta
¿Qué pasa si no se pagan a tiempo?
Sanción por mora
Si el empleador no paga los intereses antes del 31 de enero, debe pagar una suma igual a los intereses causados como sanción, es decir, el doble del valor adeudado (Art. 65 numeral 3 CST).
Diferencia entre cesantías e intereses
| Concepto | Cesantías | Intereses |
|---|---|---|
| ¿A quién se paga? | Fondo de cesantías | Directamente al trabajador |
| Fecha límite | 14 de febrero | 31 de enero |
| Valor | 1 mes de salario/año | 12% de las cesantías |
| ¿Se puede retirar? | Con restricciones | Libre disponibilidad |
Base legal: Ley 52 de 1975, Decreto 116 de 1976 y Artículo 65 numeral 3 del Código Sustantivo del Trabajo.